Preguntas y respuestas más comunes en relación a los Planes de Prevención y Ecodiseño de envases

De acuerdo al Real Decreto de envases y residuos de envases que actualmente se encuentra en vigor en España, los productores de producto* que durante el año 2023 hayan puesto en el mercado a través de sus envases una cantidad igual o superior a las siguientes cantidades, debe aplicar en 2024 un Plan de Prevención y Ecodiseño de envases:
- 250 toneladas de vidrio,
- 50 tn de acero,
- 30 tn de aluminio,
- 20 tn de plástico,
- 20 tn de madera,
- 15 tn de cartón o materiales compuestos.
- 300 tn si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.
*Productores de producto: Envasadores, importadores o adquirentes intracomunitarios de productos envasados para su puesta en el mercado.
A pesar de que a simple vista esta obligación parezca relativamente sencilla, gran parte del tejido empresarial tiene ciertas dudas en relación a esta exigencia.
Te las resolvemos:
¿Cómo pueden las organizaciones saber las cantidades de materiales que pusieron en el mercado a través de sus envases?
Lo normal es hacerlo a través de la Declaración de envases presentada ante el Ministerio durante el primer trimestre de 2023.
Las empresas que no tengan realizada la declaración pueden sacar un cálculo aproximado para conocer si superan o no las cantidades mencionadas y averiguar si se encuentran obligadas a aplicar un Plan de prevención y ecodiseño de envases.
¿Tiene que contabilizarse el peso de todos los envases?
Sí. Para saber si esta obligación es o no de aplicación para las organizaciones es necesario conocer el peso de los materiales puestos en el mercado a través de la totalidad de envases, ya sean domésticos, comerciales e industriales.
¿El plan debe incluir medidas de prevención y ecodiseño en relación a todos los envases?
Sí. Deberán tenerse en cuenta todas las categorías de envases que la empresa ponga en el mercado: doméstico, comerciales y/o industriales. Además, también deberán establecerse objetivos cuantificados y las medidas previstas para alcanzarlos de manera diferenciada para envases primarios, secundarios y terciarios.
¿Quién es responsable de la ejecución de estos planes?
La responsabilidad de la ejecución corresponde en todo caso a los productores de producto que resultan obligados a contar con este plan.
¿Es necesario presentar el plan ante algún organismo público?
El plan en sí no es necesario presentarlo ante ningún organismo público. Pero es necesario elaborar y aplicarlo, pues en caso de inspección se controlará el cumplimiento de la presente obligación.
Lo que sí deberá presentarse es un informe, en el plazo de tres meses tras la finalización del plan, a la comunidad autónoma donde tenga la empresa su sede social.
¿Cuál es la vigencia de los planes de prevención y ecodiseño de envases?
Estos planes deben ser quinquenales. Es decir, deben tener una duración y vigencia de 5 años desde el inicio de su aplicación.
¿Pueden sancionarme en caso de no aplicar un Plan de prevención y ecodiseño de envases, estando obligado a ello?
Sí. La norma considera que la no aplicación de estos planes es una infracción de carácter grave, la cual viene acompañada de las siguientes sanciones:
1.º Multa desde 2.001 euros hasta 100.000 euros.
2.º Inhabilitación para el ejercicio de la actividades por un período de tiempo inferior a un año.
En LURNOVA hemos ayudado a decenas de empresas a diseñar y aplicar sus Planes de Prevención y Ecodiseño de envases, no solo para cumplir con esta obligación legal, sino también para que puedan resultarles efectivos para la reducción de costes, la mejora de la imagen de marca y el aumento de la competitividad.
¡Si no tienes claro si esta obligación te afecta o no, o si necesitas apoyo en la elaboración y/o aplicación del plan, no dudes en ponerte en contacto con el equipo de LURNOVA!
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